Reglamento de Máquinas2027
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Reglamento (UE) 2023/1230 · aplicable el 20 de enero de 2027 · deroga la Directiva 2006/42/CE

Perspectiva para fabricantes de maquinaria

Tu máquina puede estar bien. Tu expediente, no.

El 20 de enero de 2027 se deroga la Directiva 2006/42/CE. Desde ese día, todo lo que introduzcas en el mercado tiene que estar documentado contra el Reglamento (UE) 2023/1230. En la mayoría de los casos el diseño no cambia: cambia la documentación, y cambia por completo.

Mapa de brechas 2027 · PDF, 2 páginas

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Mapa de brechas 2027

2 páginas · PDF

Contenido del documento

  1. 01Tabla de correspondencias del Anexo XII, completa
  2. 02Los seis entregables que deben volver a emitirse, con su artículo
  3. 03Las 25 categorías del Anexo I, partes A y B
  4. 04Electrónica, conexión y software: seis requisitos nuevos
  5. 05Consecuencias de llegar al 20-01-2027 sin modificar la documentación
  6. 06Desde cuándo se exige, y qué sigue siendo comercializable

Maquetado para su impresión y traslado al responsable de calidad. Cada afirmación indica su artículo.

Fuentes: textos consolidados de EUR-Lex

Alzado esquemático · envasadora vertical con multicabezales

1 2 3
  1. 1Instrucciones de uso: ya pueden ser digitales, pero en línea 10 años y en papel sin coste si el cliente lo solicita en el momento de la compra. art. 10.7 · Anexo III, 1.7.4
  2. 2Marcado CE y datos de contacto del fabricante, en la máquina o su embalaje. arts. 23 y 24 · art. 10.6
  3. 3Expediente técnico: se conserva 10 años a disposición de la vigilancia del mercado. art. 10.2 y 10.3 · Anexo IV, parte A

Esquema propio simplificado, sin cotas: no representa ninguna máquina concreta ni un modelo comercial.

20.01.2027

Fecha de aplicación

 

Días para llegar documentado

6

Entregables documentales

25

Categorías del Anexo I

Ninguno de los seis entregables exige modificar la máquina. Es la evaluación de riesgos, rehecha contra el Anexo III, la que revela si además hay trabajo de ingeniería.

Textos de referencia usados en esta página

  • Reglamento (UE) 2023/1230
  • Directiva 2006/42/CE
  • Anexo XII · correspondencias
  • Anexo III · requisitos esenciales
  • Anexo IV · expediente técnico
  • Anexo V · declaración UE

01 · Ámbito

¿A qué máquinas aplica?

El ámbito se define por producto, nunca por la tecnología que lleve dentro.

Puramente mecánica
Con electricidad
Con software

Alcanza también a equipos intercambiables, componentes de seguridad, accesorios de elevación, cadenas, cables, cinchas, dispositivos amovibles de transmisión mecánica y cuasi máquinas. art. 2.1

02 · Correspondencias

Cada referencia de tu expediente apunta a otro sitio

Cuatro de las once correspondencias de la tabla oficial del Anexo XII.

Donde tu documentación pone Desde el 20-01-2027 pone
Anexo I · Requisitos esenciales de salud y seguridad Anexo III (partes A y B + 6 capítulos)
Anexo VII, parte A · Expediente técnico Anexo IV, parte A
Anexo II, parte 1 · Declaración CE de conformidad Anexo V, parte A
Artículo 12 · Evaluación de la conformidad Artículo 25

+ 7 correspondencias, incluidos los módulos de evaluación de la conformidad · en el mapa

Pero corregir las referencias no basta. Aunque reescribas tu expediente citando los anexos nuevos, seguirá sin cumplir: esos anexos no dicen lo mismo que los antiguos. Anexo III · Anexo IV, parte A · Anexo V, parte A

03 · Entregables

Seis documentos a rehacer, y ninguno exige modificar la máquina

Tres de los seis están rotulados en el alzado superior. Estos dos se desarrollan a continuación. El sexto depende de la categoría del Anexo I.

01

Evaluación de riesgos

Se rehace contra el Anexo III, requisito a requisito, y el expediente debe llevar la lista de los que aplican y la medida adoptada para cada uno.

Anexo IV, parte A, letra b)

03

Declaración UE de conformidad

Nombra la legislación aplicada: si sigue diciendo 2006/42/CE, está mal elaborada. Puede publicarse como enlace, accesible 10 años.

Anexo V, parte A, punto 6 · art. 10.8

06

Procedimiento de certificación

Debe comprobarse si la categoría de máquina sigue permitiendo certificar sin organismo notificado o pasa a exigirlo. Las 25 categorías del Anexo I, con el procedimiento que corresponde a cada una, figuran en el mapa.

art. 25.2 y 25.3 · Anexo I

¿Y si además hay que modificar la máquina? Puede ocurrir: el Reglamento incorpora requisitos de diseño nuevos. Pero es la propia evaluación de riesgos, rehecha contra el Anexo III, la que lo revela. La documentación va primero, y es lo que determina si además hay trabajo de ingeniería.

¿Seis por máquina, o seis por familia? La documentación técnica se elabora para cada máquina o producto afín antes de introducirlo en el mercado, no una vez por catálogo. art. 10.2 · Anexo IV, parte A

En la práctica, lo que no varía dentro de una familia se redacta una vez y se reutiliza. Pero cada modelo que se separe de esa base en algo que el Reglamento toca, otra categoría del Anexo I, funciones de seguridad distintas, electrónica, conexión o software, necesita además su parte específica. Una familia entera no se cierra con un solo expediente.

04 · Software y conexión

Requisitos que la Directiva 2006/42/CE no contemplaba en absoluto

Si la máquina lleva electrónica, conexión o software. Tres de los seis requisitos.

RESISTIR ATAQUES

El sistema de mando debe resistir los «intentos hostiles razonablemente previsibles de terceros», no sólo las averías.

Anexo III, 1.2.1 a)

CORRUPCIÓN

Hardware y software esenciales para la seguridad, protegidos contra la corrupción accidental o intencionada.

Anexo III, 1.1.9

REGISTRO 5 AÑOS

Trazabilidad de las versiones de software de seguridad cargadas tras la venta, a disposición de la autoridad.

Anexo III, 1.2.1 f)

Quedan tres en el mapa: límites de las funciones de seguridad, pruebas de intervención y comportamiento autoevolutivo.

05 · Consecuencias

No es necesario que la máquina sea insegura

Basta con que la documentación no sea conforme. La cadena empieza antes de cualquier inspección.

1 · TU DISTRIBUIDOR

Está obligado a comprobar marcado, declaración e instrucciones antes de vender. Si duda, no puede comercializarla.

art. 15.2 y 15.3

2 · FALTA FORMAL

Declaración «no elaborada correctamente» o documentación técnica incompleta son falta de conformidad formal, aunque la máquina sea segura.

art. 46.1 d) y e)

3 Y 4 · EN EL MAPA

Qué hace el Estado si la falta persiste, y el régimen de sanciones que España debía tener comunicado.

art. 46.3 · art. 50

06 · Desde cuándo

Lo que fija la fecha es la introducción en el mercado

La primera comercialización en la Unión, o la puesta en servicio. No la fecha de diseño ni la del pedido: no hay transitoria por ninguna de las dos. Una máquina proyectada en 2026 y entregada después del 20-01-2027 se rige por el Reglamento.

art. 3.12 y 3.13 · art. 52.1

La buena noticia

Lo introducido en el mercado antes del 20-01-2027 conforme a la Directiva sigue siendo comercializable, y los certificados de examen CE de tipo valen hasta que caduquen.

art. 52

Las once correspondencias, las 25 categorías y las consecuencias, en dos páginas

Esta página presenta una selección. El mapa incluye la tabla completa del Anexo XII, los seis entregables con su artículo, las 25 categorías del Anexo I con el procedimiento que corresponde a cada una y los seis requisitos de software y ciberseguridad.

Documento divulgativo de cambios normativos. No es una evaluación de conformidad ni asesoramiento jurídico sobre un producto concreto.

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Quién publica este recurso

Normach prepara la documentación técnica de fabricantes de maquinaria conforme al Reglamento: evaluación de riesgos, expediente técnico, declaración UE e instrucciones. No es organismo notificado y no realiza actividades de certificación. normach.eu

Fuentes y alcance

Textos consolidados en español: Directiva 2006/42/CE (CELEX 02006L0042-20190726) y Reglamento (UE) 2023/1230 (CELEX 02023R1230-20260529), este último con la rectificación C1 (DO L 169 de 4.7.2023). La correspondencia de anexos es la tabla oficial del Anexo XII; las citas entrecomilladas son literales y cada afirmación lleva su artículo.

El Reglamento se aplica el 20 de enero de 2027. El texto publicado en el DOUE decía 14 de enero; la corrección de errores de 4 de julio de 2023 fija el 20.