Reglamento de Máquinas2027
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Reglamento de Máquinas 2027 · Reglamento (UE) 2023/1230

¿Qué categorías del Anexo I exigen organismo notificado?

El Anexo I tiene 25 categorías repartidas en dos partes, y de esa división depende si puedes seguir poniendo el marcado CE por tu cuenta. Las 6 de la parte A exigen siempre organismo notificado. Las 19 de la parte B solo lo evitan si existe una norma armonizada que cubra todos los requisitos esenciales pertinentes y la máquina se fabrica conforme a ella.

¿Cuántas categorías tiene el Anexo I del Reglamento de Máquinas?

Veinticinco en total: seis en la parte A y diecinueve en la parte B. La distinción entre las dos partes no es de orden ni de importancia: decide qué procedimientos de evaluación de la conformidad puede usar el fabricante, y por tanto si hay organismo notificado de por medio.

El propio título del anexo lo enmarca: «CATEGORÍAS DE MÁQUINAS O PRODUCTOS RELACIONADOS A LAS QUE SE APLICARÁ UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 25, APARTADOS 2 y 3». Anexo I

Las seis categorías de la parte A

Son las que el Reglamento considera de mayor riesgo. Para estas no hay autocertificación posible:

N.ºCategoría
1Dispositivos amovibles de transmisión mecánica, incluidos sus resguardos.
2Resguardos para dispositivos amovibles de transmisión mecánica.
3Plataformas elevadoras para vehículos.
4Máquinas portátiles de fijación, de carga explosiva y otras máquinas portátiles de impacto.
5Componentes de seguridad con un comportamiento total o parcialmente autoevolutivo que utilicen enfoques de aprendizaje automático que garanticen funciones de seguridad.
6Máquinas que incorporen sistemas con un comportamiento total o parcialmente autoevolutivo que utilicen enfoques de aprendizaje automático que garanticen funciones de seguridad que no se hayan introducido de forma independiente en el mercado, únicamente con respecto a dichos sistemas.

Las categorías 5 y 6 no existían en la Directiva. Son las que introducen el aprendizaje automático con funciones de seguridad en la lista de mayor riesgo. Si tu máquina incorpora un sistema así, pasa a la parte A aunque el resto de la máquina no cambie, y con ella el organismo notificado. Es el cambio de clasificación más caro del Reglamento y el que más fácil es pasar por alto.

¿Una máquina del Anexo I parte A puede autocertificarse?

No. El artículo 25, apartado 2, da tres opciones y ninguna es el control interno:

  • Examen UE de tipo (módulo B) del Anexo VII, seguido de la conformidad de tipo basada en el control interno de la producción (módulo C) del Anexo VIII.
  • Conformidad basada en el aseguramiento de la calidad total (módulo H), del Anexo IX.
  • Conformidad basada en la verificación por unidad (módulo G), del Anexo X.

Los tres implican a un organismo notificado. art. 25.2 El módulo A, control interno de la producción, sencillamente no está entre las opciones de la parte A.

Las diecinueve de la parte B y la condición que lo decide todo

Para la parte B el artículo 25, apartado 3, añade una cuarta opción: el control interno de la producción (módulo A) del Anexo VI, que no necesita organismo notificado. Pero con una condición que es la parte que se pasa por alto:

«Si un fabricante aplica el procedimiento de control interno de la producción a que se refiere la letra a), diseñará y fabricará la máquina o el producto relacionado de conformidad con las normas armonizadas o las especificaciones comunes específicas para esa categoría de máquinas o productos relacionados que regulen todos los requisitos esenciales de salud y seguridad pertinentes.»

art. 25.3

Y el Reglamento cierra la salida de forma expresa: si la máquina de la parte B no se ha fabricado conforme a esas normas armonizadas o especificaciones comunes que regulen todos los requisitos pertinentes, el fabricante «aplicará uno de los procedimientos contemplados en las letras b), c) o d)». art. 25.3 Es decir, vuelve al organismo notificado.

Las diecinueve categorías de la parte B son, en resumen: sierras circulares para madera y materias similares, cepilladoras con avance manual, regruesadoras de una cara, sierras de cinta, máquinas combinadas, espigadoras de varios ejes, tupíes de husillo vertical, sierras portátiles de cadena, prensas para metales en frío, máquinas de moldeo de plásticos y de caucho, máquinas para trabajos subterráneos, camiones de recogida de residuos con compresión, aparatos de elevación de personas con caída vertical superior a tres metros, dispositivos de protección que detectan la presencia de personas, resguardos móviles motorizados con enclavamiento, bloques lógicos para funciones de seguridad, estructuras de protección en caso de vuelco (ROPS) y estructuras de protección contra la caída de objetos (FOPS). Anexo I, parte B

¿Qué procedimiento aplica si la máquina no está en el Anexo I?

El control interno de la producción, módulo A, descrito en el Anexo VI, sin organismo notificado. art. 25.4 Es el caso de la mayoría de las máquinas industriales, y es el que hace que muchos fabricantes no hayan tenido nunca que tratar con un organismo notificado. Por eso el cambio de categoría duele tanto cuando llega.

Dónde estaba esto en la Directiva

La Directiva 2006/42/CE tenía su propia lista, el Anexo IV, con la misma función: decir qué categorías escapaban a la autocertificación. La tabla de correspondencias del Anexo XII sitúa el cambio. Anexo XII Lo que no se resuelve renumerando es que la lista ya no es una: son dos partes con reglas distintas, y una máquina que antes estaba en el Anexo IV puede acabar hoy en la parte A o en la parte B con consecuencias muy diferentes.

Lo que esto significa en la práctica

Antes de tocar un solo documento del expediente, el fabricante con catálogo necesita responder tres preguntas por cada familia:

  • ¿Está en el Anexo I? Si no, módulo A y se acabó. Si sí, hay que saber en qué parte.
  • Si está en la parte B, ¿hay norma armonizada que cubra todos los requisitos esenciales pertinentes de esa categoría, y la máquina se fabrica conforme a ella? Si la respuesta es que no, o que solo cubre una parte, el módulo A deja de ser una opción.
  • ¿Hay algún componente con comportamiento autoevolutivo por aprendizaje automático que garantice funciones de seguridad? Si lo hay, se va a la parte A. Es la pregunta nueva y la más cara.

Esa tercera pregunta conecta con el resto del bloque de software: los requisitos de ciberseguridad y de registro de versiones aplican desde el 20 de enero de 2027, mientras que los requisitos específicos de inteligencia artificial del Anexo III todavía no existen y llegarán por actos delegados.

Las 25 categorías con el procedimiento que corresponde a cada una, las once correspondencias del Anexo XII y los seis entregables del expediente están en el mapa de brechas, en dos páginas.

Documento divulgativo de cambios normativos, actualizado el 15 de septiembre de 2026 sobre el texto consolidado 02023R1230-20260727. No es una evaluación de conformidad ni asesoramiento jurídico sobre un producto concreto. Las citas entrecomilladas son literales.

Mapa de brechas 2027 · PDF, 2 páginas

Las once correspondencias, las 25 categorías y las consecuencias, en dos páginas

La tabla completa del Anexo XII, los seis entregables con su artículo, las 25 categorías del Anexo I con el procedimiento que corresponde a cada una y los seis requisitos de software y ciberseguridad. Maquetado para imprimir y pasar al responsable de calidad.

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Quién publica este recurso

Normach prepara la documentación técnica de fabricantes de maquinaria conforme al Reglamento: evaluación de riesgos, expediente técnico, declaración UE e instrucciones. No es organismo notificado y no realiza actividades de certificación. normach.eu

Fuentes: textos consolidados en español de la Directiva 2006/42/CE y del Reglamento (UE) 2023/1230, este último con la rectificación C1 (DO L 169 de 4.7.2023) y las modificaciones del Reglamento (UE) 2026/1744 (DO L de 24.7.2026).